Basados en los principios descritos, se debe compulsar la prueba aportada por las partes, de
Basados en los principios descritos, se debe compulsar la prueba aportada por las partes, de lo que se tiene que, la actora indica haber trabajado desde el 2 de febrero de 2010 y la defensa solamente pretende desvirtuar este extremo con el acuerdo transaccional suscrito, cursante a fs. 88 y 89, el cual expresa en la cláusula segunda la fecha de inicio de la relación laboral, que corresponde al 2 de mayo de 2013, sin embargo, en el memorial de contestación a la demanda, concretamente al punto quinto, cursante a fs. 31 vta., la demandada reconoce que la actora se ausentó del país por temas de salud, abandonando su fuente laboral pues no solicitó licencia y la prueba cursante a fs. 80, indica claramente que se ausentó en fecha 16 de febrero de 2013, por lo que se colige que ya existía relación laboral anterior al 2 de mayo de 2013 y que la empleadora aceptó que Verónica Virginia Vera Bacarreza retornara a la fuente laboral el 2 de mayo, luego de haberse ausentado, por lo que se demuestra la existencia de dos periodos de trabajo, uno del 2 de mayo de 2013 al 26 de agosto de 2014 y otro anterior a éste
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por la demandada de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, tanto la demandada María Yolanda Tamayo de Nemtala
- Interpuestos ambos recursos de casación, se impugna el Auto de Vista bajo los siguientes argumentos
- 2
- Finalmente, pide casar el Auto de Vista recurrido en base a los argumentos expuestos, declarando
- Los demás argumentos del recurso no se pueden considerar, por no contener fundamentos casacionales relevantes
- Por su parte, la demandante, habiendo sido legalmente notificada, ejerce su derecho a contestar el
- No se valora correctamente la prueba de cargo, cursante de fs
- Finalmente, pide casar el Auto de Vista recurrido en base a los argumentos expuestos, manteniendo
- Por su parte, la demandada, habiendo sido legalmente notificada, no ejerce su derecho a contestar
- -De la valoración de la prueba
- -De la carga probatoria
- Textualmente estos artículos señalan: artículo 3
- Planteados los argumentos expuestos en los recursos de casación presentados, se debe considerar lo siguiente
- En el caso de autos, la recurrente denuncia que el Auto de Vista no se
- Como consecuencia del nuevo cálculo de beneficios sociales realizado en el presente proceso, se determina
- En el caso de autos, la desvinculación laboral se dio en fecha 19 de agosto
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- Primero vamos a enumerar los principios que deben aplicarse al caso concreto, como son: el
- Basados en los principios descritos, se debe compulsar la prueba aportada por las partes, de
- Con referencia al salario promedio indemnizable, la demandada indica que éste ha sido determinado en
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
