Auto Supremo AS/0235/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2019

Fecha: 16-May-2019

Adicionalmente, en razón a que el ente gestor, refiere que por disposición del art

Adicionalmente, en razón a que el ente gestor, refiere que por disposición del art. 1 del DS Nº 25177 de 28 de septiembre de 1998, la finalidad de la recuperación de los aportes devengados al Sistema de Reparto es, no perjudicar el justo derecho a las prestaciones que asiste a los trabajadores asegurados, con rentas en curso de pago y de adquisición y a los beneficiarios de la Compensación de Cotizaciones; corresponde aclarar que, al ser una prioridad del ente gestor y por ende de la seguridad social de largo plazo del sistema de reparto, llámese Fondo de Pensiones Básicas, Fondos Complementarios de Seguridad Social, Secretaría Nacional de Pensiones, Dirección General de Pensiones, Dirección de Pensiones y/o Servicio Nacional del Sistema de Reparto, la recuperación de éstos aportes adeudados, su actuación debió ser más diligente, ya que su inactividad provocó la prescripción de aportes, inercia que no puede ser suplida bajo ningún argumento