Al respecto, señala que el Auto Supremo (AS) Nº 6/2013 de 1 de febrero, de
Al respecto, señala que el Auto Supremo (AS) Nº 6/2013 de 1 de febrero, de la Sala Social y Administrativa, los hechos analizados, no son análogos; ya que, en el referido AS, no se demostró en el registro de control de asistencia, que el trabajador hubiese desarrollado sus funciones en horarios extraordinarios; mientras, en el caso que nos ocupa, la empresa demandada no llevaba el registro de control de asistencia: Por ello, no existiendo identidad de hecho, no es aplicable esta jurisprudencia
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- La demanda laboral de indemnización, aguinaldo, vacación, horas extras y multa, incoada por Santiago Arana
- Auto de Vista Nº 98 de 2 de octubre de 2018
- El recurso de apelación interpuesto por el demandante, el 21 de julio de 2014 (fs
- El Auto de Vista, motivó que el demandante formule recurso de casación en el fondo,
- Señala que las boletas de pago de fs
- Los finiquitos de fs. 133 a 140, demuestran la no cancelación de horas extras
- Los documentos de fs
- Refiere que toda la prueba detallada y que cursa en obrados, deberá ser valorada conforme
- 2. Indebida aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia
- Al respecto, señala que el Auto Supremo (AS) Nº 6/2013 de 1 de febrero, de
- El AS Nº 10/2014 de 31 de marzo, de la Sala Social y Administrativa Segunda,
- Por otro lado, el AS Nº 228/2015 de 21 de abril, de la Sala Contenciosa
- 3
- Transcribiendo las partes pertinentes del AS Nº 7/2016 de 5 de enero, de la Sala
- La no presentación del libro de asistencia y del libro de registro de horas extraordinarias
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, case en todas
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- De lo señalado se advierte, que dentro del proceso laboral, el juzgador posee plena libertad
- En tal rumbo, la jurisprudencia de este Tribunal, a través de su Sala Social y
- Naturaleza jurídica de las Presunciones en el Derecho Laboral Adjetivo
- La Sala considera que la faz práctica de toda presunción, se enmarca en la consecuencia
- La doctrina reconoce la existencia de presunciones efectuadas por los Jueces (estimadas en inferencias lógicas
- El art
- Así las cosas, es preciso reforzar el criterio que la llamada prueba presuncional se basa
- Es así como el CPT en su art
- Dicho todo lo anterior, una armoniosa comprensión de lo que significa en el ejercicio de
- Sobre las horas extraordinarias
- Examinados el recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y los antecedentes del proceso,
- Siendo una obligación para la judicatura laboral y no una facultad, el impartir justicia aplicando
- El CPT en su art
- En atención a los argumentos esgrimidos, ante la obligación de aplicación directa del art
- Con referencia al supuesto error de hecho en la apreciación de las pruebas de fs
- Con referencia a la supuesta aplicación indebida de la jurisprudencia emitida por éste Tribunal Supremo,
- Se deja establecido que, ante el incumplimiento en la presentación del libro de registro de
- Lo razonado líneas arriba, demuestra que la resolución recurrida, viola los arts
- POR TANTO
- Sin multa por ser excusable
- Sin costas ni costos
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
