Auto Supremo AS/0261/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2019

Fecha: 16-May-2019

En atención a los argumentos esgrimidos, ante la obligación de aplicación directa del art

En atención a los argumentos esgrimidos, ante la obligación de aplicación directa del art. 48.I y II de la CPE, que dispone: que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio; que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor del trabajador; resulta evidente que el Tribunal de alzada. Violó el art. 182.i) del CPT, art. 41 del RLGT, aclarando que, en cumplimiento del art. 50 de la LGT, sólo pueden ser reconocidas como máximo, dos horas extraordinarias por día