Auto Supremo AS/0261/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2019

Fecha: 16-May-2019

Examinados el recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y los antecedentes del proceso,

El art. 50 de la LGT prevé que, a petición del empleador, la Inspección del Trabajo podrá conceder permisos sobre horas extraordinarias hasta el máximo de dos por día; previendo en el art. 41 del RLGT, que el empleador está obligado a llevar un registro especial, donde se computen las horas extraordinarias; su incumplimiento, nos lleva a aplicar lo establecido en el art. 182.i) del CPT, que regula las presunciones, disponiendo: “La falta de presentación del libro a que se refiere el Artículo 41 del reglamento de la Ley General del Trabajo, hará presumir la existencia de horas extraordinarias trabajadas”.
IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO:
Examinados el recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente:
La controversia en el presente recurso de casación radica en determinar, si corresponde o no el pago de horas extraordinarias al demandante; al respecto, se debe verificar si el Tribunal de apelación, violó el art. 48.I y II de la CPE, art. 182.i) del CPT y art. 41 del RLGT, incurrió en error de hecho en la apreciación de las pruebas de fs. 36-132, 133-140, 142-145, 146-149, 150-153, 154-159, 166, 168-178, 179-196, 204 y 205; y aplicó indebidamente la jurisprudencia emitida por éste alto Tribunal de Justicia