En ésa línea, cualquier proceso administrativo sancionatorio debe contener los elementos esenciales de: i) el
El derecho al debido proceso no solo es exigible en los procesos judiciales, también abarca a los procesos administrativos, en razón a que la CPE consagra como un principio, un derecho y una garantía (triple dimensión), esto debido a la naturaleza y los elementos constitutivos del debido proceso como instituto jurídico y mecanismo de protección de los derechos fundamentales que le faculta a todo ciudadano afectado, exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente, puesto que el Estado no sólo está obligado a proveer la prestación jurisdiccional, sino que está obligado a proveerla bajo determinadas garantías mínimas que le aseguren tal juzgamiento imparcial y justo.
En ésa línea, cualquier proceso administrativo sancionatorio debe contener los elementos esenciales de: i) el juez natural, ii) legalidad formal, iii) tipicidad, iv) equidad y v) defensa irrestricta; pues reiteramos, el proceso administrativo sancionador, no tiene una esencia diferente a la del derecho penal general; por ello, la doctrina afirma que las sanciones administrativas se distinguen de las sanciones penales por la autoridad que las impone; es decir, sanciones administrativas impuestas por la administración; al contrario, las sanciones penales son impuestas por los tribunales en materia penal; empero, la observancia de la normativa procedimental es base de la seguridad jurídica dentro de un Estado, por lo que, las autoridades sean judiciales o administrativas tienen la responsabilidad de enmarcar sus actos a las normas que rigen el procedimiento y la CPE por ser la Ley Suprema del Estado
En ésa línea, cualquier proceso administrativo sancionatorio debe contener los elementos esenciales de: i) el juez natural, ii) legalidad formal, iii) tipicidad, iv) equidad y v) defensa irrestricta; pues reiteramos, el proceso administrativo sancionador, no tiene una esencia diferente a la del derecho penal general; por ello, la doctrina afirma que las sanciones administrativas se distinguen de las sanciones penales por la autoridad que las impone; es decir, sanciones administrativas impuestas por la administración; al contrario, las sanciones penales son impuestas por los tribunales en materia penal; empero, la observancia de la normativa procedimental es base de la seguridad jurídica dentro de un Estado, por lo que, las autoridades sean judiciales o administrativas tienen la responsabilidad de enmarcar sus actos a las normas que rigen el procedimiento y la CPE por ser la Ley Suprema del Estado
- Demandante:CEDROVET S.R.L
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda contenciosa tributaria, el Juzgado 2do de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- Auto de Vista
- Contra la sentencia, la AN interpuso recurso de apelación de fs
- En conocimiento del Auto de Vista Nº 93, la AN formuló recurso de casación en
- Relacionando la jurisprudencia contenida en la SSCC 42/2004 de 22 de abril, con los arts
- Concluye que la validación de los permisos de importación del SENASAG, fueron validados por el
- Petitorio
- Solicitó se case el Auto de Vista Nº 93 de 9 de junio de 2017
- Cuestión previa
- Respecto a motivación de las resoluciones
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- En cuanto a la administración de justicia
- En ésa línea, cualquier proceso administrativo sancionatorio debe contener los elementos esenciales de: i) el
- En la forma
- Por su parte, el Tribunal de grado en el parágrafo III del el Auto de
- Por otra parte, dicha documentación no depende ni es de competencia del importador puesto que,
- Al respecto, conviene recordar que la motivación y fundamentación no requiere una exposición ampulosa de
- En el fondo
- Al respecto, el art
- La norma transcrita contiene dos supuestos de hecho: Primero, que una persona realice el tráfico
- En el caso, se observa que en ninguno de los supuestos de hecho mencionados, se
- Estos hechos se encuentran corroborados en el caso por la misma AN, toda vez que
- Por otra parte, si bien es cierto que los arts
- Es importante recordar que uno de los principios básicos que rige el actuar administrativo es
- En ese contexto, este Tribunal constata que la resolución del Tribunal de apelación, sobre el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
