Auto Supremo AS/0268-1/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268-1/2019-CT

Fecha: 20-May-2019

Por otra parte, dicha documentación no depende ni es de competencia del importador puesto que,

Por otra parte, dicha documentación no depende ni es de competencia del importador puesto que, tratándose de documentos oficiales de importación, es de competencia de las instituciones pertinentes su control y cumplimiento. Si se cuestiona la validez de documentos oficiales para acusar de contravención a un particular, significa que las instituciones mismas no están cumpliendo con sus propias atribuciones, caso que no es el presente puesto que, como se tiene demostrado, existe la documentación válida y pertinente para la Importación.” (Textual)