I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Demandado :Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional
Proceso :Contencioso Tributario
Distrito :Santa Cruz
Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Flavio Antonio Román Balderrama y Maneyva Luizaga Velasco apoderados de Willan Elvio Castillo Morales Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional (en adelante AN), contra el Auto de Vista Nº 93 de 9 de junio de 2017 de fs. 225 a 227, emitido por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro el proceso contencioso tributario interpuesto por CEDROVET S.R.L. (en adelante el contribuyente) contra la AN; el memorial de fs. 238 a 240 y vta., que responde el recurso; el Auto Nº 154 de 11 de septiembre de 2017 de fs. 241, que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 487-A de 24 de octubre de 2017 de fs. 249 y vta., que admite el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
Proceso :Contencioso Tributario
Distrito :Santa Cruz
Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Flavio Antonio Román Balderrama y Maneyva Luizaga Velasco apoderados de Willan Elvio Castillo Morales Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional (en adelante AN), contra el Auto de Vista Nº 93 de 9 de junio de 2017 de fs. 225 a 227, emitido por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro el proceso contencioso tributario interpuesto por CEDROVET S.R.L. (en adelante el contribuyente) contra la AN; el memorial de fs. 238 a 240 y vta., que responde el recurso; el Auto Nº 154 de 11 de septiembre de 2017 de fs. 241, que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 487-A de 24 de octubre de 2017 de fs. 249 y vta., que admite el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- Demandante:CEDROVET S.R.L
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda contenciosa tributaria, el Juzgado 2do de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- Auto de Vista
- Contra la sentencia, la AN interpuso recurso de apelación de fs
- En conocimiento del Auto de Vista Nº 93, la AN formuló recurso de casación en
- Relacionando la jurisprudencia contenida en la SSCC 42/2004 de 22 de abril, con los arts
- Concluye que la validación de los permisos de importación del SENASAG, fueron validados por el
- Petitorio
- Solicitó se case el Auto de Vista Nº 93 de 9 de junio de 2017
- Cuestión previa
- Respecto a motivación de las resoluciones
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- En cuanto a la administración de justicia
- En ésa línea, cualquier proceso administrativo sancionatorio debe contener los elementos esenciales de: i) el
- En la forma
- Por su parte, el Tribunal de grado en el parágrafo III del el Auto de
- Por otra parte, dicha documentación no depende ni es de competencia del importador puesto que,
- Al respecto, conviene recordar que la motivación y fundamentación no requiere una exposición ampulosa de
- En el fondo
- Al respecto, el art
- La norma transcrita contiene dos supuestos de hecho: Primero, que una persona realice el tráfico
- En el caso, se observa que en ninguno de los supuestos de hecho mencionados, se
- Estos hechos se encuentran corroborados en el caso por la misma AN, toda vez que
- Por otra parte, si bien es cierto que los arts
- Es importante recordar que uno de los principios básicos que rige el actuar administrativo es
- En ese contexto, este Tribunal constata que la resolución del Tribunal de apelación, sobre el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
