Auto Supremo AS/0268-1/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268-1/2019-CT

Fecha: 20-May-2019

Por otra parte, si bien es cierto que los arts

Por otra parte, si bien es cierto que los arts. 111 y 119 del RLGA, establecen como documentos soporte de la declaración de mercancías, entre otros, los certificados o autorizaciones previas y otros documentos establecidos en norma específica, que para el caso en concreto está referido a los permisos de importación; dicha exigencia debe ser entendida en el marco de su finalidad, dado que su propósito es que el SENASAG verifique que las mercaderías a ser importadas, sean aptas para el consumo animal/farmacéutico/quirúrgico/uso industrial, de tal manera que verificada la documentación pertinente, se cumpla con la normativa vigente; en ese propósito, es que el inspector de frontera del SENASAG, firmó los permisos de importación, autorizando la comercialización y distribución de la mercadería en todo el territorio nacional; siendo así que dicha exigencia fue cumplida adecuadamente para la finalidad a la que estaba destinada