Auto Supremo AS/0292/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

La pena de tres años de privación de libertad impuesta como emergencia del juicio oral


Ahora bien, habida cuenta que la sanción por el delito de Uso de Instrumento oscila, es remisiva a otros delitos, oscilando entre uno a seis años de privación de libertad, resulta claro que la labor de fijación e imposición de la pena no podía nacer del supuesto o de la subjetividad, sino basarse en aspectos que sigan la orientación de los arts. 36 y siguientes del CP; y, por supuesto estar especificada y vista de manera fundamentada en la resolución que la imponga. En autos el Tribunal de sentencia arribó a la convicción de la existencia del hecho, eso fue que la señora Vera Velásquez usó “un documento aun sabiendo la condición de falso transfiriendo un bien ajeno en perjuicio de su propietario legítimo” (sic), a partir de ello, tuvo en cuenta una serie de aspectos inherentes a las circunstancias del hecho y la personalidad de la imputada, para decidir -a partir de ellos- ‘no imponer la pena máxima del delito cometido’. Se tuvieron presentes, en suma, tres circunstancias relacionadas a la personalidad, persona de carácter poco amable, la existencia de antecedentes penales y la imposición paralela de detención preventiva como emergencia de otro proceso penal. Se consideró también circunstancias de gravedad al tomarse en cuenta que el ‘delito cometido es grave porque afecta la seguridad jurídica y atenta contra la fe pública’.

La pena de tres años de privación de libertad impuesta como emergencia del juicio oral en consideración del Tribunal de apelación, se fundó en situaciones que si bien se hallaban determinadas no correspondían a una escala que denote simetría entre valoración y sanción; de ahí que, la cuestionante de porqué se impuso una sanción intermedia habiéndose identificado situaciones que transmitían negatividad y a cuya consecuencia debía imponerse una pena mayor, algo que, revisada la Sentencia es evidente