Auto Supremo AS/0293/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

III


III.2.1 Emitida una Sentencia absolutoria, resulta lógico que la legitimidad procesal correspondía a quién el fallo le haya acusado agravio, en tal sentido, los acusadores público y particular, opusieron recurso de apelación restringida, el segundo, a través de actuación de fs. 775 a 778, reclamando tanto cuestiones de hecho, como también -en lo principal- cuestionó la aplicación que el Tribunal de sentencia había dado a la Ley 400 y al término amnistía en el caso concreto, así como las consideraciones efectuadas en la Sentencia sobre la aplicación y consecuencias jurídicas del Decreto Supremo 2175 de 5 de noviembre de 2014, afirmando que esta norma “solo amplia un plazo para desarme voluntario de 180 días después de la promulgación de la ley 400, y las personas podían registrar sus armas, pero este decreto era solo para que se apersonen voluntariamente al REAFUC” (sic), así como precisar que el art. 46 de la Ley 400, restringe y condiciona las posibilidades de tenencia de armas, supuestos que –en posición del recurso de apelación restringida- no calzaban al alcance que el Tribunal de sentencia adoptó