Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art
Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art. 283 del CP, identificada en la exigencia innecesaria de un pronunciamiento jurisdiccional (incluso del Ministerio Público) sobre la existencia o no de un delito, anuló la Sentencia de grado disponiendo además juicio de reenvío únicamente para la consideración de aquel tipo penal. En esencia el principal sostén argumentativo en el Auto de Vista impugnado, es el Auto Supremo 190/2014-RRC de 15 de mayo; la Sala Penal Primera, consideró que los presupuestos contenidos en esa doctrina legal fueron presentes en el caso de autos, situación que traía de por medio desconocer el peso argumentativo que la Sentencia de grado había considerado. La tesis recursiva propone, a fines de la tipificación del art. 283 del CP, la necesaria presencia de una decisión extra proceso que determine la temeridad de una denuncia en sede penal en el marco del art. 364 del CPP, algo que ciertamente coincidió con la Sentencia como a la par provocó disenso en el Tribunal de apelación. Para el presente examen la Sala considera contextualizar los entendimientos jurisprudenciales emitidos en esta jurisdicción sobre el abordaje de los elementos constitutivos de la Calumnia como tipo penal
- Por memorial presentado el 3 de julio de 2018, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de casación y del Auto Supremo 913/2018-RA de 8 de octubre, se extrae
- Argumenta, que en respuesta a los tres elementos mencionados por el Tribunal de apelación, sostiene
- Añade, el hecho que el acusado pusiera a conocimiento de la autoridad policial que dos
- Emitida la Sentencia el acusador particular promovió apelación restringida mediante memorial de fs
- Alegando también que “el problema era de error administrativo el…ahora procesado…solamente podría haber observado y
- La Sala Penal Primera del Distrito Judicial de La Paz, a través de Auto de
- Más adelante consideró que la Sentencia de grado había aplicado erróneamente la Ley sustantiva en
- III.1.Doctrina legal contenida en el precedente invocado
- “Que la falta de precisión, en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
- II.2.Análisis del caso concreto
- Llega a la Sala Penal el planteamiento de contradicción relativa a una supuesta inconsistencia en
- Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art
- En relación al precedente invocado, Auto Supremo 166 de 12 de mayo de 2005, la
- A manera de contexto el Auto Supremo “19 de 21 de abril de 1932”, fue
- De ahí que, el primer elemento a ser tomado en cuenta tiene que ver con
- En efecto, el art
- En el caso de autos, la Sala considera que la decisión adoptada por los Vocales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
