Auto Supremo AS/0338/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art


Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art. 283 del CP, identificada en la exigencia innecesaria de un pronunciamiento jurisdiccional (incluso del Ministerio Público) sobre la existencia o no de un delito, anuló la Sentencia de grado disponiendo además juicio de reenvío únicamente para la consideración de aquel tipo penal. En esencia el principal sostén argumentativo en el Auto de Vista impugnado, es el Auto Supremo 190/2014-RRC de 15 de mayo; la Sala Penal Primera, consideró que los presupuestos contenidos en esa doctrina legal fueron presentes en el caso de autos, situación que traía de por medio desconocer el peso argumentativo que la Sentencia de grado había considerado. La tesis recursiva propone, a fines de la tipificación del art. 283 del CP, la necesaria presencia de una decisión extra proceso que determine la temeridad de una denuncia en sede penal en el marco del art. 364 del CPP, algo que ciertamente coincidió con la Sentencia como a la par provocó disenso en el Tribunal de apelación. Para el presente examen la Sala considera contextualizar los entendimientos jurisprudenciales emitidos en esta jurisdicción sobre el abordaje de los elementos constitutivos de la Calumnia como tipo penal