Emitida la Sentencia el acusador particular promovió apelación restringida mediante memorial de fs
Concluye sosteniendo, que conforme lo descrito se advierte la contradicción del Tribunal de alzada invocando el Auto Supremo 166/2005 de 12 de mayo, referente a la falta de precisión sobre la adecuación del hecho ilícito a los elementos constitutivos del delito de Calumnia contraviniendo el principio de legalidad por cuanto no se cumple con la explicación detallada que el acto imputado se subsume a la norma prohibida y que la Calumnia debe llevar la imputación expresa de un hecho falso y penado por ley.
I.2.1 Petitorio
Solicitó que a tiempo de resolver el recurso de casación, se declare la existencia de contradicción entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado, “y se mantenga firme y subsistente la Sentencia dictada en primera instancia” (sic)
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1.Sentencia
Por Sentencia 13/2016 de 5 de mayo, el Juez Primero de Partido y Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Iván Julio Mendizábal Peralta, absuelto de la comisión de los delitos de Calumnia, Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283, 282 y 287 del CP. En lo que importa al presente análisis, la citada Sentencia expresó:
“…ni la querella y acusación particular…ni su prueba testifical y literal…demuestra la imputación falsa de un hecho delictivo atribuido a su persona ya que el acto de haber hecho conocer a la autoridad policial que el querellante tiene dos pasaportes que no coinciden sus datos de identificación en el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento que fueron evidenciados por el policía de seguridad del Aeropuerto, no es imputar un delito, asimismo, el acusado no arresto al querellante, tampoco el acusado dispuso la aprehensión del querellante, tampoco el acusado le imputó al querellante por los supuestos delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado y tampoco el acusado le aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva…ya que esos actos procesales fueron realizados por autoridades reconocidas por la ley, peor aún, no existe prueba literal consistente en una sentencia de absolución ejecutoriada o de sobreseimiento …de un proceso penal entre el acusado…contra el querellante…por un determinado delito, que expresamente declare la absolución o el sobreseimiento al ahora querellante, demostrando la temeridad y malicia de la acusación, al contrario, contra el querellante, existe una imputación formal, motivo por el que se le aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva en el proceso penal seguido de oficio por el Ministerio Público…que no puede ser considerado como sentencia absolutoria o requerimiento conclusivo de sobreseimiento demostrando la temeridad y malicia pata que se configure el tipo penal de calumnia, por lo que, no hay ningún elemento objetivo para establecer la existencia del delito de calumnia” (sic)
II.2.Recurso de apelación restringida
Emitida la Sentencia el acusador particular promovió apelación restringida mediante memorial de fs. 155 a 162, a través del cual –en lo que toca al presente análisis- enmarcado en las consideraciones inmersas en el Auto de Supremo 190/2014-RRC de 15 de mayo, manifestó:
Que los argumentos de la Sentencia apelada, derivan en que la existencia del delito de Calumnia requeriría “de un proceso previo, es decir de un ante juicio para luego activar la denuncia del delito de Calumnia…lo cual no coincide con lo establecido por el art. 283 del CP” (sic)
- Por memorial presentado el 3 de julio de 2018, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de casación y del Auto Supremo 913/2018-RA de 8 de octubre, se extrae
- Argumenta, que en respuesta a los tres elementos mencionados por el Tribunal de apelación, sostiene
- Añade, el hecho que el acusado pusiera a conocimiento de la autoridad policial que dos
- Emitida la Sentencia el acusador particular promovió apelación restringida mediante memorial de fs
- Alegando también que “el problema era de error administrativo el…ahora procesado…solamente podría haber observado y
- La Sala Penal Primera del Distrito Judicial de La Paz, a través de Auto de
- Más adelante consideró que la Sentencia de grado había aplicado erróneamente la Ley sustantiva en
- III.1.Doctrina legal contenida en el precedente invocado
- “Que la falta de precisión, en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
- II.2.Análisis del caso concreto
- Llega a la Sala Penal el planteamiento de contradicción relativa a una supuesta inconsistencia en
- Confrontandos los antecedentes, sobresale que el Tribunal de apelación percibiendo una errónea aplicación del art
- En relación al precedente invocado, Auto Supremo 166 de 12 de mayo de 2005, la
- A manera de contexto el Auto Supremo “19 de 21 de abril de 1932”, fue
- De ahí que, el primer elemento a ser tomado en cuenta tiene que ver con
- En efecto, el art
- En el caso de autos, la Sala considera que la decisión adoptada por los Vocales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
