Auto Supremo AS/0352/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2019-RRC

Fecha: 15-May-2019

Notificados con el referido Auto de Vista, los imputados Héctor Antonio Solares Maymura (fs


Notificados con el referido Auto de Vista, los imputados Héctor Antonio Solares Maymura (fs. 2506 a 2514 vta.), Williams Paniagua Yépez (fs. 2519 a 2520 vta.) y Tania Gloria Esther Loayza Dalence (fs. 2552 a 2562 vta.), el Ministerio Público (fs. 2570 a 2574) y el acusador particular (fs. 2588 a 2593 vta.), interpusieron recursos de casación, mereciendo el pronunciamiento del Auto Supremo 202/2013 de 16 de julio (fs. 2620 a 2634), emitido por la Sala Penal Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, que dejó sin efecto el Auto de Vista 32/2012, disponiendo que el mismo Tribunal, dicte una nueva Resolución observando la siguiente doctrina legal establecida: “Es indiscutible que la apelación restringida no es un medio legítimo para la revalorización de la prueba puesto que en el sistema procesal vigente no existe la doble instancia y los hechos probados en juicio se hallan sujetos al principio de intangibilidad; sin embargo, esa limitación no significa que no sea procedente el control del iter lógico que ha seguido el Juzgador o que el Tribunal de Apelación, no obstante la denuncia expresa contenida en el recurso de apelación restringida, se encuentre impedido y/o carezca de competencia para examinar la fundamentación probatoria intelectiva de la Sentencia y con ello la de la aplicación de la sana crítica y sus componentes, en la eventualidad de que el Juzgador haya podido caer en errores de logicidad