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    Auto Supremo AS/0365/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0365/2019-RA

    Fecha: 16-May-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 7 de enero de 2019, de fs
    • Por Sentencia 16 de 16 de marzo de 2018 (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Yave Cardozo promovió recurso de apelación restringida (fs
    • El 2 de enero de 2019, como informa diligencia de fs
    • El recurrente, considera que el Auto de Vista que impugna vulneró el art
    • Agrega que el Tribunal de apelación tampoco “se pronunció, respondió o motivó su rechazo sobre
    • Sostiene que el Tribunal de alzada interpretó subjetivamente el segundo motivo de apelación restringida, amparándose
    • Errónea aplicación de la Ley sustantiva, art
    • Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 451/2007 de 13 de septiembre, que reconociese dos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • En el primer motivo del recurso, se acusa contradicción al Auto Supremo 176/2015-RRC de 12
    • En el segundo motivo, se cuestiona al Tribunal de alzada, sobre el abordaje y tratamiento
    • Sobre el tercer motivo, en el que se argumenta la errónea aplicación de la Ley
    • En el cuarto motivo, el recurrente, en torno al valor y tratamiento brindado al acto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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