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    Auto Supremo AS/0393/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0393/2019-RRC

    Fecha: 28-May-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 11 de octubre de 2018, Pablo Alejandro Salamanca Cox en representación
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 034/2016 de 14 de noviembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusador Pablo Alejandro Salamanca Cox en representación de Eduardo Freddy
    • I.1.1. Motivos de los recursos de casación
    • Acusa el recurrente que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí,
    • Cita como precedente contradictorio –previo a la cita de doctrina constitucional referida a las formas
    • Denuncia también, el incumplimiento por parte del Tribunal de alzada a la labor de control
    • Finalmente señala, que el Tribunal de apelación omitió su deber de control a la subsunción
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente Pablo Alejandro Salamanca Cox en representación legal de Eduardo Freddy Salamanca Chulver, solicita
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 1079/2018-RA de 21 de diciembre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 034/2016 de 14 de noviembre, el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • II.2. De la apelación restringida
    • Como último agravio expresó “apelación por vicio de procedimiento vinculado al diligenciamiento de prueba,” argumentando
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
    • Sexto
    • PRECEDENTES INVOCADOS
    • El presente caso, Pablo Alejandro Salamanca Cox en representación legal de Eduardo Freddy Salamanca Chulver,
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • Como primer motivo traído en casación, la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
    • A tal efecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero,
    • Cuando el Ad Quem advierte que en el proceso se han pronunciado fallos sustentados en
    • En el caso presente, si bien la doctrina legal hace referencia a la prohibición de
    • Como primer agravio se alegó defectuosa valoración de la prueba previsto en el art
    • Con dicha precisión, analizados los argumentos vertidos por el Tribunal de alzada sobre este primer
    • Al margen de lo anteriormente referido, el Tribunal de apelación, si bien argumenta que “la
    • En consecuencia, el Tribunal de alzada al declarar la improcedencia del agravio sin explicar las
    • Respecto al quinto motivo resuelto en alzada, donde se denunció otros defectos de Sentencia, relativos
    • Finalmente, haciendo referencia al sexto agravio denunciado en apelación restringida vinculado a un supuesto vicio
    • En consecuencia, la postura asumida por el Tribunal de apelación, al haber otorgado una respuesta
    • Por los fundamentos expuestos precedentemente, esta Sala Penal llega a la conclusión de que el
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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