Auto Supremo AS/0393/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2019-RRC

Fecha: 28-May-2019

Como primer agravio se alegó defectuosa valoración de la prueba previsto en el art


Como primer agravio se alegó defectuosa valoración de la prueba previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, en infracción a la sana crítica art. 173 del CPP, cuestionando la duda razonable del Juzgador relativo a la imprecisión de los testigos de cargo, señalando la errónea valoración probatoria de las documentales de cargo N° 1 consistente en el cheque Nº 0675197 y con la N° 2 relativo a las copias legalizadas; sobre tal motivo, el Tribunal de alzada relató en forma parcial lo vertido por los testigos de cargo María Patricia Subieta Flores, José Benito Ochoa y Gustavo Cavero, en sentido de que no aportaron a esclarecer los hechos, para luego expresar que el Juez inferior hizo un análisis y valoración de la prueba realizando razonamientos lógicos y que las pruebas de cargo y descargo fueron valorados coherentemente, respondiendo a un iter lógico, existiendo valoración integral conforme el art. 173 del CPP, respaldando la duda razonable y haciendo referencia que el Tribunal de alzada no puede retrotraer su actividad jurisdiccional no consideró existente el agravio