Auto Supremo AS/0393/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2019-RRC

Fecha: 28-May-2019

A tal efecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero,


A tal efecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero, emitido dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otra, en contra de L.A.V.M. y otro por el delito de Peculado, que tiene como hecho generador la falta de fundamentación de las resoluciones judiciales, antecedente que dio origen a la siguiente doctrina legal:

El Tribunal de Alzada no se encuentra facultado para valorar total o parcialmente la prueba; debiendo circunscribir sus actos a los motivos que fueron de la apelación restringida, el artículo 413 del Código de Procedimiento Penal establece que: Cuando no sea posible reparar directamente la inobservancia de la ley y o su errónea aplicación, el tribunal de alzada anulará total o parcialmente la sentencia y ordenará la reposición del juicio por otro juez o tribunal