Auto Supremo AS/0528/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2019

Fecha: 27-May-2019

Determinada la pertinencia del Auto de Vista que anuló obrados hasta fs

Determinada la pertinencia del Auto de Vista que anuló obrados hasta fs. 181, corresponde a este Tribunal en atención a los principios contenidos en los arts. 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado, orientar la nulidad dispuesta por el Tribunal Ad quem, para ello, debe tenerse en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia contenida en el Auto Supremo Nº 122/2012 de 17 de mayo que ilustra, cuando las partes alegan tener derecho propietario sobre el inmueble objeto de reivindicación o en parte, la autoridad judicial debe verificar y determinar a quién pertenece el inmueble, para posteriormente declarar procedente la reivindicación a favor del demandante y ministrarle posesión o declarar improbada la demanda y mantener en posesión al demandado. El Tribunal Ad quem correctamente valoró que ambas partes alegan ser propietarios de la fracción de 61,73 mts2., bajo dicho criterio, la parte demandante con el memorial de demanda presenta a fs. 2 Folio Real Nº 2.01.00.99.0147183 del bien inmueble ubicado en la calle Coronel N. Estenssoro Nº 1045, región de Agua de la Vida, con superficie 164,73 mts2., perteneciente según el asiento A-1 a José Santos Sirvas, aclarando Josefina Encarnación Ayala de Sirvas que el inmueble se adquirió con dinero parafernal de su esposo; asimismo, con la respuesta a la demanda Delia Irma Sirvas de Ramírez adjuntó de fs. 39 a 40 el Folio Real Nº 2.01.0.99.0014927 correspondiente al inmueble ubicado en la final calle Bolívar, de superficie 583,43 mts2, en el asiento A-4 se registra la titularidad de Laura Worderess Vda. de Sirvas, Delia Irma Sirvas de Ramírez y Rafael Sirvas Wonderess, incluyéndose el derecho propietario de Franz Sirvas Wonderess según el asiento A-5 del formulario de información rápida de fs. 109 a 110. De Laura Worderess Vda. de Sirvas co propietaria del inmueble de los demandados, la parte actora manifiesta en la demanda de fs. 13 a 15 que la misma se encontraría residiendo en un asilo, las fotocopias legalizadas de fs. 62 a 64 demuestran que Laura Worderess Vda. de Sirvas fue declarada interdicta designándose como tutora a Delia Irma Sirvas Worderess y por memorial de fs. 221 a 224 el co demandado Franz Sirvas Worderess comunica el fallecimiento de Laura Worderess Vda. de Sirvas, no cursa en obrados certificado de defunción, asimismo en la sentencia se consigna el apellido materno de Rafael Sirvas como Worderess y en el formulario de información rápida registra como Wonderess, antecedentes que deben considerarse en la causa