Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0257/2019
Fecha: 26-Jun-2019
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Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad
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En grado de apelación deducida por ambas partes de fs
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El referido auto de vista, motivó a María Esther Almanza de Flores, en representación de
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En el fondo, denunció la violación y aplicación indebida de la ley, puesto que, en
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Sostuvo que el propio demandante confiesa que prestó sus servicios sin seguro médico y que
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En este sentido, manifestó que los juzgadores de instancia, omitieron valorar toda la prueba presentada
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Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, anule o en su defecto case el
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1.3. Respuesta al recurso
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CONSIDERANDO II
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En la forma, en el cual la parte recurrente señala que el tribunal de alzada,
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Por lo que, en base a las consideraciones arriba expuestas corresponde dejar claramente establecido que
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En el fondo, en el que la parte recurrente cuestiona el fallo de segunda instancia,
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En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características
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En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
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En este contexto, del análisis de antecedentes, cursa en obrados la literal de fs
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En este entendido, no habiendo la parte demandada desvirtuado los fundamentos de la presente acción
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Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
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Con costas
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
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