Auto Supremo AS/0264/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2019

Fecha: 26-Jun-2019

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2.- Acusa la improcedencia del pago de sábados supuestamente trabajados, en razón a que la empresa no desempeña actividades en ese día, tal como se tiene demostrado en el periodo de prueba; en el hipotético caso que se pretenda omitir aquel detalle, señala que la empresa no autorizó ningún trabajo extraordinario de conformidad al art. 50 de la Ley General del Trabajo. En ese sentido, acusa una incorrecta interpretación y aplicación de las leyes de seguridad social, pues no corresponde el pago de los días sábados, en mérito a que no existe en nuestra legislación laboral el concepto de pago por “sábados trabajados”, teniendo presente que en Bolivia los días sábados son días hábiles para el trabajo de conformidad al art. 41 de la LGT