Auto Supremo AS/0273/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2019

Fecha: 03-Jun-2019

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2. Manifiesta que, en la apreciación de las pruebas, el Tribunal ad quem incurrió en error de hecho, al establecer que la fecha de inicio de la relación laboral entre Martín Nina Ramírez y CAMESBA Srl, fue el 13 de febrero de 1994; sin considerar toda la prueba de descargo presentada, cumpliendo el principio de inversión de la prueba, refiriéndose al contrato de fs. 384 a 385, donde de manera textual se señala como inicio el 2 de febrero de 1999