Auto Supremo AS/0278/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2019

Fecha: 03-Jun-2019

2) Sobre el pago de la multa del 30% establecido por el DS 28697, a

2) Sobre el pago de la multa del 30% establecido por el DS 28697, a criterio del recurrente incorrecto, por cuanto no se aplicaría en el caso presente dado que el trabajador renunció voluntariamente; corresponde señalar que dicha norma fue creada con el espíritu de propugnar el resguardo de las garantías y derechos que gozan los trabajadores, frente a la libre contratación y libre rescisión que dio lugar a ciertos excesos en los procesos de contratación obrero-patronales, ocasionando decisiones arbitrarias para despedir a los trabajadores, así como para la adopción de formas de encubrimiento de la verdadera relación laboral o, más aún, para burlar obligaciones laborales; es en ese sentido, una de las medidas para garantizar dichos derechos conforme a su art. 9, fue precautelar el pago pronto y oportuno de los derechos y beneficios sociales de los trabajadores, una vez se haya producido la desvinculación laboral, sancionando el incumplimiento de pago de las obligaciones patronales fuera de los 15 días de haberse efectuado, con el 30% de multa del total de beneficios y derechos laborales impagos