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    Auto Supremo AS/0413/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0413/2019-RRC

    Fecha: 04-Jun-2019

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    • Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 2/2014 de 24 de febrero (fs
    • Contra la referida Sentencia, los imputados Tomás Escudero Vargas (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 43/2019-RA de 6 de febrero,
    • Las recurrentes solicitan la nulidad del Auto de Vista impugnado, a fin de que el
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 43/2019-RA de 6 de febrero, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 2/2014 de 24 de febrero, la Juez Primero de Partido y Sentencia de
    • En la inspección ocular se constataron las características del terreno en cuestión, que coinciden con
    • II.2. Del recurso de apelación restringida de las imputadas
    • Notificadas con la Sentencia, Yaquelín Céspedes Morales, Ana María Ruiz y Juana Rodríguez Aguilar, interponen
    • II.3. Del Auto Supremo 349/2018-RCC de 18 de mayo
    • Conforme a los datos del proceso, se advierte que la presente causa fue radicada anteriormente
    • Como consecuencia del referido Auto Supremo, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
    • III.1. De los precedentes invocados
    • Las recurrentes invocaron el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, que fue
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
    • Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
    • La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
    • d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • También invocaron el Auto Supremo 207 de 28 de marzo de 2007, que fue emitido
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • (…)
    • Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
    • De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
    • Una vez desarrollado el acto de juicio oral y agotadas las distintas actividades descritas por
    • De los precedentes expuestos, se establece que los tres primeros resolvieron una cuestión procesal similar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • En el presente caso las recurrentes reclaman que el Auto de Vista impugnado omitió fundamentar
    • Antes de ingresar al análisis del presente recurso, debe considerarse que esta Sala Penal ha
    • Ahora bien, con relación a la denuncia de omisión de fundamentar y motivar respecto al
    • Ingresando al análisis del presente punto del motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado en relación al delito de Usurpación
    • De esa relación necesaria de antecedentes se evidencia que el Auto de Vista impugnado respecto
    • Ahora bien, alegan las recurrentes que el Tribunal de alzada no razonó sobre si se
    • En cuanto al delito de Usurpación Agravada, en concordancia a lo solicitado por las recurrentes,
    • Por los argumentos expuestos, se tiene que el Auto de Vista impugnado respondió de manera
    • En cuanto a la denuncia de omisión de fundamentar y motivar respecto al defecto de
    • Sobre dichos planteamientos el Auto de Vista impugnado puntualizó que debía tenerse presente conforme lo
    • De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de Alzada al momento
    • Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado respecto a este
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque

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