Auto Supremo AS/0413/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

Ingresando al análisis del presente punto del motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en


Ingresando al análisis del presente punto del motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, que ante la emisión de la Sentencia condenatoria, las imputadas formularon recurso de apelación restringida en el que denunciaron la inobservancia y errónea aplicación de la Ley en relación a los arts. 351, 355 y 357 del CP, señalando respecto al delito de Despojo, que la supuesta propietaria nunca estuvo en posesión; ya que, tenía como domicilio real conforme lo indicado en querella en la calle La Paz, esquina Mayor Gómez, Barrio 27 de diciembre, encontrándose el predio en cuestión baldío sin cumplir una función social; respecto al ilícito de Usurpación Agravada, si bien tomaron la posesión de los predios; empero, no con armas, menos con violencia, que lo único que utilizaron fueron herramientas de trabajo para desmontar el predio que conforme evidencian los documentos presentados por los querellantes no es de su propiedad, que se encuentra ubicada en otro sector; en relación al delito de Daño Simple afirman que sus conductas no se adecuaron al ilícito; por cuanto, no deterioraron, destruyeron, inutilizaron o dañaron cosa ajena. Por otra parte alegaron, que la supuesta acusación no realizó una expresión fáctica de los elementos de convicción que la motivan, tampoco contiene la fundamentación correcta de los elementos configurativos del tipo penal y del delito, simplemente de una manera inconsciente pretende forzar una supuesta adecuación de sus conductas a los hechos delictivos, cuando los supuestos propietarios no estuvieron en posesión ni los predios cumplían una función social; además, que el predio en el que se encuentran no corresponde a la familia Bober, que se ubica a continuación colindando con la carretera nacional