Auto Supremo AS/0423/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

Además, se evidencia del recurso de apelación restringida que la recurrente en forma desordenada y


Además, se evidencia del recurso de apelación restringida que la recurrente en forma desordenada y confusa, alegó en el punto 2 “defectos absolutos, transcribiendo los incisos 1), 2), 3) y 4) del art. 169 del CPP, señalando a su vez que el Código de Procedimiento Penal le imponía al Juzgador realizar una adecuada valoración probatoria, así también indicó la violación del art. 370 del CPP”; es decir, emitió una problemática sin ningún tipo de estructura lógica, sin embargo pese a ello, el Tribunal de alzada, otorgó una respuesta lógica y motivada al señalar que la víctima “transcribe el art. 169 del CPP, sin señalar que es lo que pretende con este artículo, asimismo expresó haberse violado el Art. 370 CPP, sin especificar de qué manera se habría violado esta normativa legal, cuando la misma señala los probables defectos de la sentencia, por lo que mal podría violarse la misma; consecuentemente, por lo que no existe agravio alguno,” respuesta que cumple una estructura razonada y coherente frente al agravio denunciado, tomando en cuenta que la recurrente en su apelación, se limitó a copiar los incisos de los defectos absolutos, sin denunciar mínimamente de qué forma se violó el debido proceso, por esta situación la respuesta otorgada es acorde al cuestionamiento denunciado, sin que se evidencie vulneración al principio de fundamentación