Haciendo mención a los Autos Supremos 1340 de 28 de agosto de 2006, 248/2012-RRC de
Haciendo mención a los Autos Supremos 1340 de 28 de agosto de 2006, 248/2012-RRC de 10 de octubre y 353/2003-RRC de 27 de diciembre, invocados en su recurso de apelación restringida, el recurrente refiere que no obstante de su reclamo de que la Sentencia carece de una debida fundamentación y motivación, respecto a las razones por las cuales las coimputadas Eleuteria Silva y Marcelina Mamani fueron absueltas de la comisión del delito de Homicidio en grado de tentativa y declaradas autoras del delito de Lesiones Leves, el Tribunal de alzada pretendió validar el agravio indicando que la responsabilidad penal es intuito personae, confundiendo la motivación respecto al quantum de la pena, y forzando el entendimiento del art. 37 del CPP, cuando en su criterio debió aplicarse una sanción tomando en cuenta el art. 38 del CPP, dado que el delito de Lesiones Leves no tiene como bien jurídico protegido la vida
- Por memoriales presentados el 13 de febrero de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Refieren que en el punto 1
- El recurrente afirma que el Tribunal de alzada no contempló los agravios expresados en su
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- Asimismo, remitiéndose al Auto Supremo “326/2012” también citado en su apelación restringida, refiere que reclamó
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En correspondencia con la doctrina de flexibilización, coexisten los siguientes criterios que permiten de igual
- Falta de debida fundamentación y/o incongruencia omisiva
- Respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de Autos, se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Como segundo motivo, los recurrentes refieren que los delitos acusados, específicamente el delito de Lesiones
- No obstante, de que los fundamentos del motivo analizado están dirigidos esencialmente a cuestionar la
- Con relación a este motivo, los recurrentes confunden al recurso de casación con una instancia
- Como primer motivo, el recurrente se refiere a los Autos Supremos 1340 de 28 de
- En cuanto al segundo motivo, remitiéndose al Auto Supremo “326/2012” que también habría sido citado
- Regístrese y hágase saber
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
