Auto Supremo AS/0687/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0687/2019

Fecha: 16-Jul-2019

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación de fs. 532 a 540 interpuesto por Rubén Fernando Rada Goyzueta y María Susana Jaramillo Martínez, contra el Auto de Vista Nº 631/2018 de 05 de septiembre, cursante de fs. 513 a 516 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, pago de daños y perjuicios, interpuesto por Severo Reynaldo Linares Herrera contra los recurrentes; los memoriales de contestación que cursan de fs. 544 a 547 vta., y de fs. 550 a 554 vta., el Auto interlocutorio de concesión del recurso de 25 de febrero de 2019 cursante a fs. 556; el Auto Supremo de Admisión del recurso de casación Nº 263/2019-RA de 14 de marzo que cursa de fs. 562 a 563 vta.; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Severo Reynaldo Linares Herrera, interpuso demanda mediante escrito cursante de fs. 15 a 16, que fue subsanada por memorial a fs. 19, inició proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación, pago de daños y perjuicios, pretensiones que fueron dirigidas contra Rubén Fernando Rada Goyzueta y María Susana Jaramillo Martínez; quienes una vez citados, en el caso de la codemandada María Susana Jaramillo Martínez por memorial que cursa de fs. 30 a 31 opuso excepciones previas de obscuridad e imprecisión en la demanda y de citación previa a los garantes de evicción y por memorial de fs. 63 a 67 vta., contestó en forma negativa e interpuso demanda reconvencional de mejor derecho y acción negatoria; en cambio, el codemandado Rubén Fernando Rada Goyzueta, mediante escrito de fs. 70 a 74 vta., contestó a la demanda en forma negativa y también planteó demanda reconvencional de mejor derecho y acción negatoria