Auto Supremo AS/0736/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0736/2019

Fecha: 31-Jul-2019

De acuerdo a la doctrina desarrollada en el acápite III

De acuerdo a la doctrina desarrollada en el acápite III.2 del presente fallo, la motivación y fundamentación de las resoluciones constituyen elementos del debido proceso, consistentes en el contenido obligatorio de cada resolución de exponer los motivos que sustenten la decisión asumida, a efectos de lograr un convencimientos de las partes en conflicto sobre la misma, situación que aconteció en el caso de autos, tal cual se ha detallado a través de los párrafos que anteceden, donde se observa como el Tribunal de segunda instancia, procedió a dar respuesta a los agravios formulados en etapa de apelación, pues el apelante impugno la Sentencia, aduciendo básicamente la vulneración al debido proceso y derecho de defensa y la infracción al art. 476 del Código Procesal Civil, y falta de fundamentación, congruencia e incorrecta valoración de la prueba, agravios que han sido objeto de pronunciamiento por los de alzada, como se tiene señalado, no obstante de las falencias recursivas en que incurrió el impetrante, verificando la labor del A quo, los antecedentes y las normas en que amparó su decisión aplicable a la disyuntiva planteada, consecuentemente, no se observó que carezca de fundamentación, mucho menos que no se haya pronunciado sobre el recurso de apelación, ya pues pese a que se pretendió una nulidad de obrados, el Ad quem ha verificado el correcto trámite y la falta de reclamo oportuno sobre aspectos que no se hallaban sustentados para poder proceder a un saneamiento procesal, que insistentemente la parte apelante y ahora recurrente pretende, sin que dicho pedido se halle demostrado