Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0369/2019
Fecha: 14-Ago-2019
CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II
-
I
-
En grado de apelación formulado por Pastor Barahona Galindo de fs
-
El citado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
-
El recurrente señaló que la correcta revisión de los fallos judiciales resulta vital para evitar
-
En base a lo descrito precedentemente, indicó que, en el caso concreto, la relación causal
-
De igual forma, acusó a la Comisión Nacional de Prestaciones como al Directorio de la
-
Finalmente, mencionó el art
-
Petitorio
-
De la revisión del cuaderno procesal, a fs
-
CONSIDERANDO II
-
Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
-
La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el recurso de casación
-
Dicho de otro modo, este recurso extraordinario es estudiado por el tribunal de casación, que
-
La seguridad social dentro de nuestro ordenamiento jurídico –boliviano está definida como, el conjunto de
-
El Régimen de Seguridad Social a corto plazo, está regulado por la Ley de fecha
-
En Bolivia la gestión de la salud está encomendada a las cajas de salud, que
-
· Caja Petrolera de Salud
-
· Caja Bancaria Estatal de Salud
-
· Caja de Salud de la Banca Privada
-
· Caja de Salud de Caminos
-
· Caja de Salud CORDES
-
· Seguros Sociales Universitarios
-
· Cossmil
-
· Caja Nacional de Salud
-
El Código de Seguridad Social de 14 de diciembre de 1956, en su Título II
-
“Por enfermedad profesional, a todo estado patológico producido por consecuencia del trabajo, que sobrevenga por
-
Así también, en el Anexo I de la citada normativa, refiere que la enfermedad profesional,
-
Por su parte, el Reglamento al Código de Seguridad Social en su art
-
El precitado art
-
Cabe también establecer la definición de una “enfermedad común”, como el proceso o fase que
-
En ese contexto, el art
-
El art
-
En caso de accidente y/o enfermedad común, se dotará de aparatos de prótesis internas y
-
La adquisición de los aparatos de prótesis se regirá al Reglamento del Ente Gestor el
-
En el caso que nos ocupa, la pretensión del demandante se centra en revertir las
-
De acuerdo a los antecedentes adjuntos al presente proceso, objeto de análisis, en primer lugar,
-
De igual forma se deja claramente establecido que los riesgos profesionales según las normas laborales
-
En el presente caso, no se ha demostrado que la artrosis de cadera que padece
-
En consecuencia, de acuerdo a cada uno de los antecedentes y argumentos expuestos, así como
-
Finalmente, y en el marco legal descrito, no se evidencia que el tribunal de alzada
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase
-
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
Otros enlaces de interés: