El Régimen de Seguridad Social a corto plazo, está regulado por la Ley de fecha
Por su parte, los Convenios de la OIT e instrumentos de la ONU, definen a la seguridad social como un derecho fundamental o un sistema basado en cotizaciones que garantiza la protección de la salud, las pensiones y el desempleo, así como las prestaciones sociales, teniendo una profunda repercusión en los diferentes sectores de la sociedad, hace que los trabajadores y sus familias tengan acceso a la asistencia médica y cuenten con protección contra la pérdida de ingresos, sea durante cortos períodos en caso de desempleo, maternidad o enfermedad, sea durante períodos largos debido a la invalidez o a un accidente del trabajo.
El Régimen de Seguridad Social a corto plazo, está regulado por la Ley de fecha 14 de diciembre de 1956, por la que se aprueba el Código de Seguridad Social. Este Código también regulaba las contingencias hoy contempladas en la Ley 065, a la que se habrá de recurrir si de tales casos se trata. El régimen de seguridad social a corto plazo cubre las contingencias de Enfermedad y Maternidad
El Régimen de Seguridad Social a corto plazo, está regulado por la Ley de fecha 14 de diciembre de 1956, por la que se aprueba el Código de Seguridad Social. Este Código también regulaba las contingencias hoy contempladas en la Ley 065, a la que se habrá de recurrir si de tales casos se trata. El régimen de seguridad social a corto plazo cubre las contingencias de Enfermedad y Maternidad
- I
- En grado de apelación formulado por Pastor Barahona Galindo de fs
- El citado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- El recurrente señaló que la correcta revisión de los fallos judiciales resulta vital para evitar
- En base a lo descrito precedentemente, indicó que, en el caso concreto, la relación causal
- De igual forma, acusó a la Comisión Nacional de Prestaciones como al Directorio de la
- Finalmente, mencionó el art
- Petitorio
- De la revisión del cuaderno procesal, a fs
- CONSIDERANDO II
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
- La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el recurso de casación
- Dicho de otro modo, este recurso extraordinario es estudiado por el tribunal de casación, que
- La seguridad social dentro de nuestro ordenamiento jurídico –boliviano está definida como, el conjunto de
- El Régimen de Seguridad Social a corto plazo, está regulado por la Ley de fecha
- En Bolivia la gestión de la salud está encomendada a las cajas de salud, que
- · Caja Petrolera de Salud
- · Caja Bancaria Estatal de Salud
- · Caja de Salud de la Banca Privada
- · Caja de Salud de Caminos
- · Caja de Salud CORDES
- · Seguros Sociales Universitarios
- · Cossmil
- · Caja Nacional de Salud
- El Código de Seguridad Social de 14 de diciembre de 1956, en su Título II
- “Por enfermedad profesional, a todo estado patológico producido por consecuencia del trabajo, que sobrevenga por
- Así también, en el Anexo I de la citada normativa, refiere que la enfermedad profesional,
- Por su parte, el Reglamento al Código de Seguridad Social en su art
- El precitado art
- Cabe también establecer la definición de una “enfermedad común”, como el proceso o fase que
- En ese contexto, el art
- El art
- En caso de accidente y/o enfermedad común, se dotará de aparatos de prótesis internas y
- La adquisición de los aparatos de prótesis se regirá al Reglamento del Ente Gestor el
- En el caso que nos ocupa, la pretensión del demandante se centra en revertir las
- De acuerdo a los antecedentes adjuntos al presente proceso, objeto de análisis, en primer lugar,
- De igual forma se deja claramente establecido que los riesgos profesionales según las normas laborales
- En el presente caso, no se ha demostrado que la artrosis de cadera que padece
- En consecuencia, de acuerdo a cada uno de los antecedentes y argumentos expuestos, así como
- Finalmente, y en el marco legal descrito, no se evidencia que el tribunal de alzada
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
