Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente previa referencia al Auto Supremo 222 de 17 de mayo de 2004, acusa que el Auto de Vista impugnado anuló la Sentencia revalorizando los hechos y la prueba, exigiendo que contenga una fundamentación ampulosa, cuando el fallo es claro y preciso, además contiene los datos necesarios, de modo que el Tribunal de alzada vulnera el principio de congruencia, teniendo presente que fue imputado por los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Incumplimiento de Contrato y Conducta Antieconómica, sin ser acreditado en juicio razón por la cual en autonomía el Tribunal lo absolvió, entendiendo que no existe una relación cronológica y circunstanciada que vincule su participación en algún ilícito, vulnerando el principio de congruencia y la prohibición de revalorizar la prueba, así como el debido proceso y el derecho a la defensa conforme a los arts. 115, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), teniendo en cuenta que tampoco puede existir una reforma en perjuicio en asimetría de los arts. 342, 362 y 400 del Código de Procedimiento Penal (CPP); en ese sentido, invoca los Autos Supremos 320 de 14 de junio de 2003 y 207 de 16 de agosto de 2008, referidos al principio de congruencia de los fallos
- Por memorial presentado el 16 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El Tribunal de alzada advierte falta de fundamentación al indicar que la Sentencia adolece de
- El recurrente aduciendo “Prohibición de revalorización de la prueba
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- El recurrente en el primer motivo de casación, acusa, que el Auto de Vista impugnado
- En el segundo motivo la parte recurrente asevera que el Tribunal de alzada observa falta
- Las falencias advertidas en el motivo no pueden ser suplidas de oficio ni con las
- Respecto al tercer motivo el recurrente vierte que el Auto de Vista impugnado revalorizó la
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
