Auto Supremo AS/0552/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2019-RA

Fecha: 02-Ago-2019

Respecto al tercer motivo el recurrente vierte que el Auto de Vista impugnado revalorizó la


Respecto al tercer motivo el recurrente vierte que el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba respecto a los hechos, ya que la exigencia del Tribunal de alzada respecto a la acusación del Ministerio Público no pasa de las 9 líneas, puesto que se acusa por los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Incumplimiento de Contrato y Conducta Antieconómica, cuando dicha acusación es humanamente imposible sustentar en el proceso vigente y en ningún otro que se pretenda con la anulación de la Sentencia, puesto que el Ministerio Público no acredita los extremos expuestos, situación valorada correctamente por el Tribunal de juicio por tratarse de actos jurisdiccionales; sin embargo, en tal exposición el Tribunal de alzada ingresa a valorar extremos que ni siquiera forman parte de la acusación, a los efectos el recurrente invoca el Auto Supremo 328 de 28 de agosto de 2006 –siendo la fecha correcta el 29 de agosto-, que refiere que en el sistema procesal penal no existe segunda instancia, por lo que el Tribunal de apelación no tiene competencia para valorar la prueba, como sucede en el caso presente, resultando de la exposición precedente que el recurrente cumple con los requisitos de admisibilidad expuestos en los arts. 416 y 417 del CPP, haciendo viable la admisión de este motivo