Auto Supremo AS/0552/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2019-RA

Fecha: 02-Ago-2019

Las falencias advertidas en el motivo no pueden ser suplidas de oficio ni con las


Las falencias advertidas en el motivo no pueden ser suplidas de oficio ni con las meras referencias de vulneración al debido proceso o el derecho a la defensa cómo se observa en el presente caso, asimismo a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, la parte recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite anterior de la presente Resolución, que fueron omitidos, pues se limita a expresar vulneraciones de derechos, sin efectuar mayor argumentación al no fundamentar de forma clara y concreta su petición, ni señalar en que consistiría la restricción o disminución de las citadas garantías y menos explica el resultado dañoso emergente, derivando en que el agravio resulte inadmisible, aún de manera extraordinaria