El recurrente en el primer motivo de casación, acusa, que el Auto de Vista impugnado
IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 11 de febrero de 2016, interponiendo su recurso de casación el 16 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.
El recurrente en el primer motivo de casación, acusa, que el Auto de Vista impugnado anuló la Sentencia revalorizando los hechos y la prueba, exigiendo que contenga una fundamentación ampulosa, cuando el fallo contiene los datos necesarios, es claro y preciso, de modo que el Tribunal de alzada vulnera el principio de congruencia, teniendo presente que fue imputado por los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Incumplimiento de Contrato y Conducta Antieconómica, sin ser acreditados en juicio en cuyo mérito en autonomía el Tribunal de juicio declaró en absolución, entendiendo que no existe una relación cronológica y circunstanciada que vincule su participación en algún ilícito, vulnerando el principio de congruencia y la prohibición de revalorizar la prueba, así como el debido proceso y el derecho a la defensa conforme a los arts. 115, 117 y 119 de la CPE, teniendo en cuenta que tampoco puede existir una reforma en perjuicio en asimetría de los arts. 342, 362 y 400 del CPP; en ese sentido, invoca el Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, referido al principio de congruencia de los fallos, evidenciándose que el recurrente cumple con los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP; por lo que corresponde ingresar al análisis de fondo de lo pretendido, al resultar admisible el motivo dejando plena constancia que los Autos Supremos 222 de 17 de mayo de 2004 y 207 de 16 de agosto de 2008, no serán objeto de análisis puesto que el primero solamente fue mencionado sin realizar contraste alguno y en el segundo caso dicho fallo resolvió un recurso de casación, que declaró infundado adoleciendo de doctrina legal aplicable
- Por memorial presentado el 16 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El Tribunal de alzada advierte falta de fundamentación al indicar que la Sentencia adolece de
- El recurrente aduciendo “Prohibición de revalorización de la prueba
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- El recurrente en el primer motivo de casación, acusa, que el Auto de Vista impugnado
- En el segundo motivo la parte recurrente asevera que el Tribunal de alzada observa falta
- Las falencias advertidas en el motivo no pueden ser suplidas de oficio ni con las
- Respecto al tercer motivo el recurrente vierte que el Auto de Vista impugnado revalorizó la
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
