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    Auto Supremo AS/0561/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0561/2019-RRC

    Fecha: 05-Ago-2019

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    • Por memorial presentado el 9 de octubre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1076/2018-RA de 21 de diciembre,
    • Asimismo, arguye que el Auto de Vista impugnado en su punto 9
    • I.1.2. Petitorio
    • I.1.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 1076/2018-RA de 21 de diciembre, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • II.2. De los recursos de apelación restringida
    • Tanto el Ministerio Público como la acusadora particular Marcela Eulalia Palomeque Aguilar, plantearon recursos de
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La
    • En el caso presente, la parte recurrente denuncia: i) que el Tribunal de alzada ingresó
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. Análisis del caso
    • El recurrente invocó como precedentes contradictorios
    • Se vulnera los derechos a la defensa y al debido proceso, reconocidos por el art
    • En relación a los Autos Supremos 223/2012-RRC de 18 de septiembre, 77/2013-RRC de 4 de
    • Al respecto, se puede evidenciar que los precedentes responden a una problemática procesal similar a
    • En ese ámbito, se evidencia que el Tribunal de alzada, al resolver el recurso de
    • En consecuencia, la conclusión asumida por el Tribunal de alzada que fundó su decisión de
    • Ahora bien, este sistema es conducente a que en la valoración de la prueba efectuada
    • Una segunda característica apunta, al sustento de la referida eficacia conviccional, es decir: la obligación
    • Finalmente, al Auto Supremo 86/2013-RRC de 26 de marzo, que tiene como hecho generador que
    • A esta altura de la resolución, se puede establecer que los Autos Supremos 014/2013-RRC de
    • Por otro lado, en el mismo motivo la parte recurrente denunció que el Auto de
    • Por todo lo anotado, se tiene que no es viable atender positivamente este agravio, ya
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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