I.1. Antecedentes
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 567/2019-RRC
Sucre, 05 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 142/2018
Parte Acusadora: Carmen Rosa Siles Veizaga
Parte Imputada: Martha Herminia Condori de Gutiérrez
Delitos: Apropiación Indebida y otro
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2018, cursante de fs. 261 a 269 vta., Martha Erminia Condori de Gutiérrez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 057/2018 de 13 de junio, de fs. 216 a 228, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Carmen Rosa Siles Veizaga mediante su representante legal María Roxana Claros Espinoza contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 567/2019-RRC
Sucre, 05 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 142/2018
Parte Acusadora: Carmen Rosa Siles Veizaga
Parte Imputada: Martha Herminia Condori de Gutiérrez
Delitos: Apropiación Indebida y otro
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2018, cursante de fs. 261 a 269 vta., Martha Erminia Condori de Gutiérrez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 057/2018 de 13 de junio, de fs. 216 a 228, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Carmen Rosa Siles Veizaga mediante su representante legal María Roxana Claros Espinoza contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia y la Resolución 53/2017 de 15 de febrero (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- La recurrente indica que la norma procesal y la doctrina, determinan que los actos que
- Con base en los puntos descritos anteriormente, acusa que los Vocales restringieron su derecho al
- La recurrente solicita la nulidad del Auto de Vista impugnado y disponga la tramitación de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 1074/2018-RA de 21 de diciembre, de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 9/17 de 31 de marzo de 2017, la Juez Cuarto de Partido y
- “Mediante notas de remisión Nº 000272 y 000273 de fechas 31 de julio y 1
- “Que Marta Condori de Gutiérrez luego de recibir los productos señalados en las notas de
- Indica que se cometieron errores in iudincando e in procedendo realizando hechos inverosímiles en la
- “DEFECTO DE LA SENTENCIA PREVISTO EN EL ART
- II.3Memorial de subsanación de la imputada, de fs. 199 a 206 vta
- Conforme al proveído de 19 de julio de 2017 (fs
- En ese contexto constitucional, abordando esta vez, el núcleo esencial de la incongruencia y más
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- Entonces, por regla general, en protección de los derechos a la tutela judicial efectiva y
- III.2. Análisis del caso concreto
- Esta Sala Penal asume que fue conducente el Auto de Vista impugnado respecto a las
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
