Tal es así que, el contenido de las cuatro cuestiones identificadas, se tratan más de
Una de las constantes en el recurso en cuestión es la paráfrasis de contenidos de resoluciones anteriores, para acto seguido calificarlos como incorrectos o injustos, manteniendo una constante relacionada con una supuesta valoración defectuosa de la prueba, ya sea por haberse tomado como medular a la deposición de la víctima, o bien por no haber tenido en cuenta divergencias en torno a tiempos, lugares y las formas en cómo ocurrieron los hechos; en consideración de la recurrente, tales hechos configuraban una situación de errónea valoración de la prueba; empero, es constante también la ausencia del cumplimiento de las formas procesales exigidas en los arts. 416 y ss del CPP, o bien la explicación puntual del por qué se considera lesión a un derecho fundamental, sin que ello involucre o induzca un descenso a la valoración de la prueba los hechos, ni una revisión oficiosa de antecedentes del proceso.
Tal es así que, el contenido de las cuatro cuestiones identificadas, se tratan más de una exposición narrativa de acontecimientos producidos sobre los hechos que habrían propiciado el proceso, como una relación de piezas procesales (sentencia, memorial de apelación restringida y auto de vista), empero, sin hacer mención a situaciones de orden jurídico procesal que incumben la apertura de casación. La mención de precedente contradictorio es inexistente a lo largo del recurso, y siendo éste, exigencia fundamental su inadmisibilidad es inminente
- Por memorial presentado el 22 de abril de 2019, de fs
- Contra la referida Sentencia, la recurrente promovió recurso de apelación restringida, (fs
- El 15 de abril de 2019 (fs
- Previo relato de marco procesal invocado en apelación restringida, art
- Agrega que el Tribunal de apelación, a pesar de afirmar que la condena fue fundada
- Referida al defecto invocado sobre el art
- Existe errónea valoración de la prueba -complementa- dado que claramente se desprende que “el conductor
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Esto significa que, no basta la simple mención,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En cuanto al requisito plazo, se tiene que la recurrente fue notificada con el Auto
- Las cuestiones traídas a casación por la recurrente, conforme lo sintetizado en el apartado II
- Tal es así que, el contenido de las cuatro cuestiones identificadas, se tratan más de
- Si bien, la última parte del recurso cita el Auto Supremo 537 de 17 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
