Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0611/2019-RRC
Fecha: 20-Ago-2019
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2018, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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De los memoriales de recursos de casación y del Auto Supremo 162/2019-RA de 26 de
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El recurrente refiere que el Auto de Vista no consideró ni valoró la denuncia sobre
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Se incurrió en el defecto comprendido en el art
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I.1.2. Petitorio
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 162/2019-RA, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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El 26 de diciembre de 2015 la víctima W
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Asimismo, el acusado era amigo de la familia y en especial de la cuñada de
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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Radicada la causa en la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió
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Refiere que no existe ninguna prueba que demuestre el supuesto abuso sexual, las entrevistas a
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El recurso de casación formulado por por el imputado Elías Hurtado Jiménez fue admitido por
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III.1. La fundamentación de las resoluciones como elemento constitutivo del debido proceso
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Es necesario e importante referirse a que la fundamentación de las resoluciones emitidas por las
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III.2. Sobre la incongruencia omisiva
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El art
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o ex silentico)
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene más
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.3. Análisis del caso concreto
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III
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Habiendo ya identificado la problemática del presente motivo y teniendo la base de conocimientos legales,
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Al respecto, el Tribunal de alzada concluyó que la prueba MP3 (requerimiento y entrevista psicológica
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Por lo expuesto, la denuncia de concurrencia de incongruencia omisiva en el Auto de Vista
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Ahora bien, respecto a la incongruencia omisiva respecto a la prueba testifical de cargo ofrecida
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En relación a aquello, el Auto de Vista impugnado, refiere que no existe ninguna prueba
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase.
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