La recurrente (fs
La recurrente (fs. 1079 a 1084) formuló recurso de apelación restringida en base a los siguientes argumentos: a) errónea aplicación de la ley sustantiva, de acuerdo al art. 370 inc. 1) del CPP, pues no se habría efectuado la labor de subsunción del tipo penal al hecho, se habría omitido razonar sobre el medio empleado para el despojo y en la querella se habría señalado que "invasión en el bien inmueble a título de asentamiento y permanecer en ella", el juez habría constatado que en el lugar se encuentra llena de construcciones habitadas; b) fundamentación insuficiente o contradictoria, conforme establece el art. 370 inc. 5) del CPP, el juez se habría apartado de los hechos expuestos en base al juicio la existencia de un derecho propietario, y también efectúa una errónea subsunción "quien mediante otro tipo de actos, como ser la invasión o manteniéndose en el inmueble…" al no haber efectuado una motivación y fundamentación insuficiente; c) defectuosa valoración de la prueba -art. 370 inc. 6) del CPP-, no se habría contrastado las declaraciones testificales con los hechos objeto de juicio, y el juez únicamente se habría mencionado la posesión, omitiendo aplicar las reglas de la lógica y no se habría pronunciado sobre las declaraciones testificales; y, d) la existencia de incongruencia entre la sentencia y la acusación -art. 370 inc. 11) del CPP-, el juez habría mencionado la no existencia de la posesión sobre el inmueble y la falta de violencia; sin embargo, los hechos que son base del juicio los acusados han despojado a la querellante del ejercicio de su derecho real mediante invasión y manteniéndose en el inmueble, enunciación que constituiría base del juicio, el mismo que habría sido omitido por el juez de origen
- Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 205/2019-RA de 11 de abril,
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de origen estableció la no existencia de los
- I.1.2. Petitorio
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 205/2019-RA, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Además, que el ingreso del querellado al referido inmueble fue de manera pacífica, mediante un
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- La recurrente (fs
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- La fundamentación u motivación que realiza la autoridad judicial no implica que la exposición u
- La apelación restringida no es el medio impugnativo idóneo para revalorizar la prueba o cuestiones
- Cuando se efectúa el auto de apertura del juicio, la base del juicio es la
- El recurso de casación formulado por por la querellante Carmen Rosa Gonzales Vda
- III.1. La fundamentación de las resoluciones como elemento constitutivo del debido proceso
- Es necesario e importante referirse a que la fundamentación de las resoluciones emitidas por las
- III.2. Sobre la incongruencia omisiva
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o ex silentico)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Habiendo ya identificado la problemática del presente motivo y teniendo la base de conocimientos legales,
- Al respecto, el Tribunal de alzada atendió dichos agravios: i) en la resolución 34/2016 en
- Por lo expuesto, la denuncia de concurrencia de incongruencia omisiva en el Auto de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
