Auto Supremo AS/0795/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2019

Fecha: 22-Ago-2019

Sin embargo, al margen de los fundamentos expuestos en la presente resolución, es pertinente señalar

Sin embargo, al margen de los fundamentos expuestos en la presente resolución, es pertinente señalar que el Estado debe resguardar el derecho de propiedad consagrado en el art. 56 de la Constitución Política del Estado, mientras el título de propiedad de la demandante Mónica Espinoza Cortez se encuentre debidamente inscrito en Derechos Reales en el asiento A-3 del folio real con Matrícula Computarizada Nº 6.01.1.01.0007392, se encuentre vigente éste tiene toda la eficacia y validez requerida para instaurar la acción real de reivindicación