Auto Supremo AS/0815/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0815/2019

Fecha: 22-Ago-2019

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1. Reclamó que el Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva por no advertir que en la demanda de divorcio cursante a fs. 3 y siguientes, Rosmery Poma Poma confiesa que el inmueble ubicado en la zona Mcal. Sucre, lote 18, manzana 37 de superficie 268 m2 registrado en la Matrícula de Folio Real N° 2.01.4.01.0073710 es un bien ganancial.
2. Indicó que, no se valoró el documento de préstamo de fs. 24 a 31 suscrito entre la entidad financiera FASSIL y la demandada, donde el actor en el apartado 7.1. da su aceptación como cónyuge, el Tribunal Ad quem confirmó el fallo con falta de razonabilidad, el documento de préstamo refiere que el dinero será invertido en mejoras sobre el inmueble que se rechazó la división y partición, observó que se le obligó a cancelar un préstamo cuyo dinero fue invertido en un bien propio de Rosmery Poma Poma, esta irracionalidad –según el demandante- constituye en incumplimiento del art. 332 de la Ley N° 603