Auto Supremo AS/0817/2019-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2019-RI

Fecha: 26-Ago-2019

CONSIDERANDO IV

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Al respecto, del examen de los antecedentes, se establece que el Juez de Partido en lo Civil y Comercial N° 8 de Cochabamba emitió la sentencia de 18 de diciembre de 2007 en la que declaró IMPROBADAS las excepciones de falsedad, ilegalidad, falta de acción y derecho e improcedencia opuestas contra la demanda; PROBADAS las excepciones de falsedad, ilegalidad y falta de acción y derecho opuestas contra la reconvención; PROBADA la demanda principal e IMPROBADA la demanda reconvencional, sin costas por ser juicio doble.
Resolución de primera instancia que fue apelada por el Honorable Alcalde Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba, a cuyo efecto la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista N° 122/2011 de 25 de marzo, cursante de fs. 232 a 233, el cual ANULÓ el Auto de concesión de 12 de abril de 2008 y declaró EJECUTORIADA la sentencia apelada, contra dicha resolución el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba representado por el Dr. Marvell José María Leyes Justiniano el 09 de septiembre de 2015 planteó incidente de nulidad de sentencia a cuyo efecto el Juez A quo emitió el Auto de 05 de febrero de 2016 cursante de fs. 273 a 274 vta., rechazando la nulidad de sentencia