El demandado manifiesta que el recurso de casación es improcedente por cuanto el recurrente no
Fundamentos por los cuales solicita se case el Auto de Vista.
RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
El demandado manifiesta que el recurso de casación es improcedente por cuanto el recurrente no apeló la resolución de primera instancia ni dentro ni fuera de término de ley, en estricta aplicación del art. 272.II del CPC
RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
El demandado manifiesta que el recurso de casación es improcedente por cuanto el recurrente no apeló la resolución de primera instancia ni dentro ni fuera de término de ley, en estricta aplicación del art. 272.II del CPC
- Auto Supremo: 817/2019-RI
- Expediente: CB-64-19-S
- Proceso: Accion negatoria
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 4
- 5
- 6
- CONSIDERANDO II
- b)Que la presente causa debió ser dilucidada a través de un proceso de mejor derecho
- c)La incorrecta aplicación del art
- d)Que al no pronunciarse sobre las pruebas presentadas por la entidad edil vulneró los arts
- f)Que el bien inmueble motivo de la litis es de dominio público, mismo que fue
- El demandado manifiesta que el recurso de casación es improcedente por cuanto el recurrente no
- Con relación al fondo del recurso señala que no se adecúa a los requisitos previstos
- En mérito a la Resolución a dictarse corresponde desarrollar la doctrina aplicable al caso
- En cuanto a la temática, el AS Nº 1306/2016- RI de 15 de noviembre de
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- CONSIDERANDO IV
- Auto que fue apelado por la municipalidad mediante memorial cursante de fs
- Partiendo del citado antecedente se puede establecer de acuerdo a la doctrina desglosada en el
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución en la forma prevista por los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
