Auto Supremo AS/0836/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0836/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Razonó que el anterior proceso civil de rescisión de contrato no resolvió el conflicto jurídico

Señaló que para argüir el cumplimiento de la obligación, el recurrente debió hacerlo ya sea contestando o interponiendo excepciones, motivo por el que no es oportuno en etapa de apelación.
Razonó que el anterior proceso civil de rescisión de contrato no resolvió el conflicto jurídico entre las partes, asimismo el proceso penal por el delito de estafa no es vinculante a la materia, ya que fue declarado extinto, por lo que el litigio sigue vigente