Auto Supremo AS/0843/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0843/2019

Fecha: 27-Ago-2019

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2. Alegó error de hecho en la apreciación de la prueba toda vez que de fs. 4 a 11 cursa la escritura pública así como su registro en Derechos Reales, constituyendo prueba plena al tenor del art. 1289 y 1296 del Código Civil, empero el Tribunal de alzada le dio valor a la fotocopia legalizada cursantes a fs. 161 relativo a un título ejecutorial de un tercero Antonio Bravo Echazú mismo que se encuentra adulterado en cuanto al número de lotes, siendo así la fotocopia legalizada mencionada no cumple con lo establecido por el art. 1311 del Código Civil, al ser emitida por una actuaria de juzgado quien no es tenedora del original