Auto Supremo AS/0843/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0843/2019

Fecha: 27-Ago-2019

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1077 a 1081, interpuesto por Felipe Cortéz Barradas, contra el Auto de Vista Nº 256/2017 de 25 de mayo, cursante de fs. 1070 a 1072, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre mejor derecho propietario, reivindicación y pago de daños y perjuicios seguido por el recurrente contra Lidio Roberto Mamani Straus, Rosa Tonconi Nava de Mamani, Sinforiano Ardaya Guzmán, Gregoria Tarqui Torrez de Ardaya, Gualberto Aspi Cosme, Flora Huaricallo Calle de Aspi, Reynaldo Cornejo Murga en calidad de representante del Consejo Administrativo Nazareno de la Provincia Caranavi y Julio Mayta Salgado en calidad de Coordinador de la Iglesia Nazareno de la provincia Caranavi, la contestación cursante a fs. 1083 a 1085 vta.; la concesión a fs. 1086; el Auto Supremo de admisión cursante a fs. 1092 y vta., Resolución N° 030/2019 de 22 de abril, emitida por Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez de Partido y Sentencia de Caranavi pronunció la Sentencia Nº 56/2009 de 12 de octubre, cursante de fs. 408 a 415, que declaró: IMPROBADA la demanda principal cursante de fs. 69 a 72 y PROBADA la reconvención de fs. 100 a 103, 176 a 181 vta., respecto al mejor derecho propietario y pago de daños y perjuicios, e IMPROBADA la reconvención respecto a la nulidad de sentencia de usucapión