Auto Supremo AS/0844/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0844/2019

Fecha: 27-Ago-2019

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2.Acusan que el Tribunal Ad quem omite observar lo previsto por el par. II del art. 951 del CC, que claramente dispone que es nula o anulable la transacción celebrada en virtud de un documento nulo o anulable, cuando dicha nulidad o anulabilidad no fue considerada o conocida por las partes, es decir que en este caso la nulidad impera aun las partes no hayan conocido que el objeto del contrato dejó de existir por la Sentencia Agraria Nº 020/2003 que fue invocada en la demanda y por la cual el derecho de Carmen Mamani Calizaya y Saul Sanchez dejara de existir