Auto Supremo AS/0861/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2019

Fecha: 29-Ago-2019

Al respecto el Auto Supremo Nº 632/2013 de 11 de diciembre estableció que: “Con relación

Al respecto el Auto Supremo Nº 632/2013 de 11 de diciembre estableció que: “Con relación a la exigencia del contra-documento en la decisión de los Tribunales de instancia, se debe a la aseveración del demandante de que este documento –el demandado de nulidad- es simulado, debiendo entender el recurrente que la simulación no se presume y, en su caso, debe ser demostrada por todos los medios de prueba, conforme al art. 545 del Código Civil en proceso de conocimiento, para probar lo dispuesto por el art. 543 parágrafo I del Código Civil. El ejercicio de una acción, no es prueba que ponga en duda la existencia de un acto; debe estar debidamente probada mediante un contra-documento que evidencie que el contrato es simulado, pues en ese caso la simulación entre partes no surtiría efectos, en el caso sub lite se tiene que el documento reclamado reúne todos los requisitos de sustancia y forma, por lo mismo tiene la calidad de documento público y de ley entre partes como dispone el art. 519 del Código Civil