Auto Supremo AS/0731/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

Ciertamente, el Código de Procedimiento Penal, se encuentra posicionado desde el equilibrio entre el respeto


Ciertamente, el Código de Procedimiento Penal, se encuentra posicionado desde el equilibrio entre el respeto a la forma procesal y el respeto a las garantías constitucionales (lo demuestra el texto del art. 1), de ahí que la función nomofiláctica intrínsecamente ligada al recurso de casación está justificada también en cuanto sirva de media para preservar un derecho o garantía constitucionalmente tutelado y cuya manifestación se encuentre en el ejercicio de un acto procesal, situación a partir de la que transgresiones o faltas cometidas en los actos y garantías procesales no podrían subyacer a una práctica procesal permitida ni tolerada. De ahí que, ingresando al examen del motivo descrito si bien la argumentación desarrollada ataca el Auto de Vista impugnado desde tres flancos, no es menos evidente que tiene origen en un mismo suceso procesal: haber dispuesto reenvío para el juzgamiento únicamente por el delito de Conducta Antieconómica; situación que vista de manera integral, en opinión de la Sala, se enmarca a los enunciados y posibilidades de flexibilización de requisitos procesales a fines de aperturar competencia en casación, pues se identificaron los antecedentes que generaron la lesión a los derechos y garantías enunciadas en el párrafo que precede, detallándose con precisión tanto cuál el contexto y condiciones especiales de la vulneración, además de argumentar los posibles escenarios negativos de persistir el acto que se reclama dañoso; restando declarar la admisibilidad del presente motivo